Un proyecto de ley que pretendía impedir el cobro de comisiones y otras cargas financieras a las personas que realizan pagos anticipados de sus créditos quedó archivado después de que la bancada oficialista del Partido Pueblo Soberano (PPSO) votara en contra de ampliar su plazo de permanencia en la corriente legislativa.
Se trata del expediente 23.277, “Ley que prohíbe el cobro de intereses o comisiones a quien pague anticipadamente un préstamo en entidades financieras”, presentado originalmente el 9 de agosto de 2022 por el entonces diputado José Francisco Nicolás Alvarado.
La votación realizada este jueves 6 de agosto terminó con 30 diputaciones en contra de extender el plazo, 24 a favor y tres ausentes, por lo que la moción fue rechazada. El registro legislativo ya muestra el expediente como archivado.
NAICR verificó además la integración actual de la Asamblea Legislativa: los 30 votos negativos corresponden a diputaciones presentes de la fracción del Partido Pueblo Soberano. La oficialista Kristel Ward figuró entre las tres personas ausentes de la votación.
Es importante precisar que los diputados no votaron este jueves para aprobar o rechazar el contenido de la propuesta. Lo que estaba en discusión era una moción para ampliar su denominado plazo cuatrienal y permitir que continuara su trámite.
¿Por qué el proyecto quedó archivado?
El Reglamento de la Asamblea Legislativa establece que los proyectos pendientes tienen un plazo máximo de cuatro años desde el inicio de su tramitación.
Una vez transcurrido ese periodo, se consideran como no presentados y deben ser archivados, salvo que el Plenario apruebe previamente una ampliación.
El artículo 119 establece actualmente que esa extensión requiere una mayoría absoluta de los 57 integrantes de la Asamblea Legislativa, es decir, por lo menos 29 votos.
El expediente 23.277 fue presentado el 9 de agosto de 2022, por lo que se aproximaba a cumplir cuatro años. La moción para mantenerlo vivo solamente consiguió 24 apoyos.
Al no alcanzar los 29 necesarios, el proyecto perdió la posibilidad de continuar su recorrido legislativo y deberá comenzarse un nuevo expediente desde cero si alguna diputación desea retomar la propuesta en el futuro.
¿Qué pretendía cambiar la iniciativa?
Aunque el nombre original hacía referencia al cobro de “intereses o comisiones”, el texto que había avanzado en la Asamblea se concentraba principalmente en las cargas aplicadas cuando una persona decide adelantar el pago de un crédito.
La Comisión de Asuntos Económicos había emitido un dictamen afirmativo de mayoría el 9 de abril de 2024 y recomendado continuar con un texto sustitutivo.
La propuesta establecía que, una vez canceladas al menos dos mensualidades, el acreedor no podría imponer una comisión, tasa u otra carga financiera por realizar anticipadamente un pago total o parcial de la deuda.
También pretendía impedir que una entidad financiera modificara unilateralmente el monto de las cuotas o el plazo del crédito después de un abono extraordinario.
En caso de una modificación de la obligación, debía existir consentimiento expreso del deudor y considerarse el dinero que ya había pagado por concepto de intereses, evitando que el saldo fuera tratado como si se tratara de un crédito completamente nuevo.
El pago anticipado ya tiene algunas protecciones, pero las comisiones pueden existir
La legislación vigente ya contempla determinadas protecciones para quienes desean cancelar anticipadamente una deuda.
NAICR revisó el Reglamento de las Operaciones Financieras, Comerciales y Microcréditos que se ofrezcan al consumidor. Su artículo 34 prohíbe, entre otras conductas, dificultar, retrasar o complicar injustificadamente la cancelación o el pago anticipado de un producto financiero.
Sin embargo, esa regulación no equivale a una prohibición general de las comisiones por prepago como la que pretendía establecer el expediente archivado.
De hecho, todavía existen productos crediticios en el mercado que contemplan este tipo de cargos.
Por ejemplo, información disponible actualmente en el Banco de Costa Rica señala productos donde se establece un 3% por pago anticipado, bajo determinadas condiciones y montos. El reglamento tarifario de la propia entidad también contiene un apartado específico denominado “Comisión por pago anticipado, pago parcial o cancelación de la deuda”.
Esto ayuda a dimensionar el efecto que buscaba la iniciativa: no se trataba únicamente de garantizar que una entidad permitiera cancelar una deuda antes de tiempo, sino de limitar el costo económico que esa decisión puede representar para el cliente.
Proyecto generó criterios divididos
La propuesta tampoco llegó a esta etapa sin cuestionamientos.
Durante su tramitación, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) consideró que podía beneficiar a los consumidores de servicios crediticios y fomentar el pago de obligaciones y el ahorro.
En contraste, el Banco Nacional y la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) expresaron oposición al proyecto.
Según los antecedentes legislativos recopilados por Delfino.cr, el Banco Nacional advirtió que eliminar este tipo de cobros podía generar efectos como una reducción en los plazos ofrecidos por las entidades, cuotas más altas o mayores restricciones para determinados créditos.
La propuesta, por tanto, enfrentaba dos posiciones: una centrada en eliminar penalizaciones para el deudor que intenta reducir anticipadamente su obligación y otra que advertía sobre posibles consecuencias en la estructura y condiciones del financiamiento.
El archivo impide que ese debate continúe dentro del expediente 23.277.
Otro proyecto sobre el orden de los apellidos también fue archivado
La votación de este jueves tuvo una segunda consecuencia legislativa.
El oficialismo tampoco respaldó la ampliación del plazo del expediente 23.281, “Ley de Igualdad en la Inscripción de los Apellidos”, presentado en agosto de 2022 por diputados del Frente Amplio.
El proyecto pretendía modificar el Código Civil y el Código de Familia para permitir que padres y madres pudieran acordar el orden de los apellidos de sus hijos, además de regular situaciones relacionadas con adopciones. Ese expediente también aparece ya como archivado.
En ambos casos, una eventual reactivación de las propuestas requerirá que alguna diputación presente un nuevo proyecto y reinicie el procedimiento legislativo.
Esta nota fue elaborada por Gabriel Angulo para NAICR consultando fuentes como el registro de votaciones y seguimiento del expediente 23.277; Asamblea Legislativa y Reglamento legislativo vigente; Sistema Costarricense de Información Jurídica; Banco de Costa Rica.