El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) rechazó las versiones que circularon durante las últimas horas en redes sociales sobre supuestos cobros indebidos relacionados con la reconexión del servicio eléctrico y aseguró que los montos aplicados a sus clientes se mantienen dentro de la normativa vigente.
La institución emitió la aclaración después de que este miércoles 5 de agosto comenzaran a difundirse publicaciones relacionadas con los procedimientos aplicados cuando un servicio eléctrico es suspendido por falta de pago.
“Es absolutamente falso que el Instituto cobre a sus clientes montos indebidos o fuera de la normativa por la reconexión de los servicios eléctricos”, manifestó el ICE mediante un comunicado oficial.
Sin embargo, la entidad hizo una distinción entre una reconexión ordinaria y aquellos casos en los que el servicio permanece suspendido durante un periodo prolongado.
¿Qué ocurre después de 35 días?
Según explicó el ICE, cuando un suministro eléctrico permanece suspendido por falta de pago durante más de 35 días, el servicio es eliminado de la facturación activa.
A partir de ese momento, ya no se tramita como una reconexión convencional.
El cliente debe gestionar nuevamente el suministro como un servicio nuevo, lo que implica cumplir con los requisitos establecidos para una nueva conexión.
Esta diferencia puede hacer que el procedimiento y los costos asociados no sean los mismos que los correspondientes a una reconexión realizada poco tiempo después de una suspensión.
El ICE indicó que la revisión de los requisitos responde también a criterios de seguridad de las instalaciones eléctricas.
La institución no detalló en su comunicado los montos específicos que habían sido cuestionados en redes sociales ni identificó las publicaciones que dieron origen a la controversia. Tampoco informó sobre casos individuales en los que se haya presentado algún reclamo formal.
Por esa razón, la posición divulgada este miércoles constituye una aclaración general sobre el procedimiento aplicado por el Instituto.
Reconexión y servicio nuevo no son el mismo trámite
La diferencia resulta relevante para los usuarios.
Una reconexión ocurre cuando el suministro fue suspendido por falta de pago y posteriormente el cliente regulariza su situación dentro del periodo establecido para mantener activo el servicio.
En cambio, según la explicación brindada por el ICE, una suspensión superior a los 35 días provoca que el suministro sea retirado del sistema de facturación y posteriormente deba gestionarse bajo las condiciones correspondientes a una nueva solicitud.
En una nueva conexión pueden existir verificaciones adicionales relacionadas con requisitos técnicos, condiciones de la acometida, identificación del solicitante y otros elementos necesarios para habilitar nuevamente el suministro.
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) establece normativa técnica que deben cumplir todas las empresas distribuidoras de electricidad del país para garantizar la continuidad, calidad, seguridad y condiciones de prestación del servicio.
Actualmente, ocho empresas están autorizadas para brindar distribución eléctrica en diferentes zonas de Costa Rica, entre ellas el ICE, la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Jasec, ESPH y las cooperativas de electrificación rural. La Aresep fiscaliza la prestación del servicio y establece las condiciones regulatorias aplicables al sector.
ICE recomienda consultar canales oficiales
Ante la circulación de las publicaciones, el Instituto pidió a los usuarios verificar la información antes de compartir contenidos relacionados con tarifas, reconexiones o procedimientos del servicio eléctrico.
La entidad recomendó utilizar sus plataformas oficiales para resolver dudas sobre las condiciones aplicables a cada caso.
El ICE también reafirmó su compromiso con la seguridad de las instalaciones eléctricas y sostuvo que sus procedimientos de conexión y reconexión se ejecutan conforme a las reglas vigentes.
La Aresep, por su parte, establece que las empresas prestadoras de servicios públicos deben brindar el suministro en condiciones de igualdad y aplicar precios justos y razonables, además de cumplir con los requisitos técnicos y regulatorios establecidos.
En caso de que un usuario considere que existe una inconsistencia en su factura o en un cobro relacionado con el servicio eléctrico, puede solicitar una explicación directamente a la empresa distribuidora y acudir posteriormente a los mecanismos de atención establecidos por el regulador.
Por ahora, el ICE sostiene que no existe un esquema de cobros indebidos por reconexión y atribuye la confusión a la diferencia entre un servicio suspendido temporalmente y otro que, después de superar los 35 días sin pago, debe gestionarse nuevamente como una conexión nueva.
Fuentes de esta información:
Instituto Costarricense de Electricidad, comunicado oficial del 5 de agosto de 2026 sobre reconexiones y supuestos cobros indebidos.
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, normativa técnica y regulación del sector eléctrico.