En NAICR consideramos que reconocer y corregir los errores es una parte esencial del ejercicio responsable del periodismo.
Nuestro compromiso con la precisión no termina cuando una información es publicada. Los contenidos pueden ser revisados, ampliados, actualizados o corregidos cuando aparezcan nuevos elementos, cuando cambien las circunstancias de un acontecimiento o cuando se compruebe que algún dato publicado es incorrecto.
Esta política establece los criterios generales que utiliza NAICR para corregir, actualizar y, en casos excepcionales, retirar contenidos publicados.
Última actualización: 6 de agosto de 2026.
1. Principio general
NAICR procura que toda información publicada sea precisa y se encuentre adecuadamente sustentada.
Cuando se comprueba la existencia de un error factual relevante, el medio debe corregirlo de manera responsable y con una claridad proporcional a la importancia de la equivocación.
Una corrección no debe utilizarse para ocultar que existió un error ni para modificar silenciosamente hechos sustanciales previamente publicados.
La existencia de una equivocación no implica necesariamente que todo el artículo sea incorrecto. En cada caso se determinará la modificación necesaria de acuerdo con la naturaleza del error.
2. Qué consideramos un error
Una corrección puede ser necesaria cuando se haya publicado incorrectamente, entre otros elementos:
- El nombre o identidad de una persona.
- Una fecha.
- Una ubicación.
- Una cifra o cantidad.
- Un cargo o función.
- Una declaración.
- El resultado de un procedimiento.
- La condición de una persona.
- La atribución de una información.
- Un dato estadístico.
- Una descripción de los acontecimientos.
- Información proveniente de un documento posteriormente comprobado como incorrecto.
- Cualquier otro elemento factual que pueda alterar de manera relevante la comprensión de una noticia.
El grado de corrección dependerá de la importancia del error dentro de la información.
3. Correcciones y modificaciones menores
NAICR diferencia entre una corrección factual y una modificación editorial menor.
Los errores de ortografía, puntuación, gramática, formato, enlaces, espacios, estilo o redacción que no cambien el significado sustancial del contenido podrán ser corregidos sin incorporar una nota pública de corrección.
También pueden efectuarse pequeños ajustes de claridad que no alteren los hechos originalmente informados.
Cuando una modificación cambie de manera significativa un dato factual previamente publicado, deberá tratarse como una corrección.
4. Cómo identificamos una corrección
Cuando el error sea materialmente relevante, NAICR podrá incorporar una nota dentro del artículo indicando:
- Qué información era incorrecta.
- Cuál es la información correcta.
- Cuándo se realizó la corrección.
- Cualquier contexto necesario para comprender el cambio.
Una fórmula posible es:
Corrección: Una versión anterior de esta información indicaba incorrectamente que ____. El dato correcto es ____. La publicación fue corregida el [fecha].
La redacción podrá adaptar esta fórmula según las circunstancias de cada caso.
El objetivo es que el lector pueda comprender claramente qué fue modificado.
5. Actualizaciones no son necesariamente correcciones
Una noticia puede cambiar con el paso del tiempo sin que la publicación original haya sido incorrecta.
Esto ocurre con frecuencia en:
- Emergencias.
- Accidentes.
- Sucesos.
- Investigaciones policiales.
- Procesos judiciales.
- Fenómenos meteorológicos.
- Resultados electorales.
- Operativos.
- Informaciones en desarrollo.
Por ejemplo, un reporte preliminar de una autoridad puede indicar inicialmente una cantidad de personas afectadas y posteriormente proporcionar una cifra diferente luego de completar la valoración.
Cuando el dato anterior era correcto de acuerdo con la información disponible en ese momento, pero posteriormente cambió, NAICR podrá identificar la modificación como una actualización y no necesariamente como una corrección.
Cuando sea relevante, indicaremos que se trata de información preliminar o que la noticia continúa en desarrollo.
6. Información proporcionada por fuentes oficiales
NAICR utiliza con frecuencia información suministrada por instituciones, autoridades, oficinas de prensa y otras fuentes directamente relacionadas con los acontecimientos.
El hecho de que un dato incorrecto haya sido proporcionado originalmente por una fuente oficial no elimina la necesidad de corregir o actualizar la publicación una vez que NAICR tenga conocimiento de la información correcta.
Cuando resulte relevante para comprender el cambio, podremos explicar que el dato inicial fue suministrado por determinada institución y posteriormente rectificado o actualizado por esa misma fuente.
7. Titulares y elementos visuales
Las correcciones también pueden aplicarse a:
- Titulares.
- Subtítulos.
- Fotografías.
- Pies de foto.
- Miniaturas.
- Videos.
- Gráficos.
- Publicaciones en redes sociales.
Si el error se encuentra únicamente en el titular pero no en el cuerpo de la información, el titular deberá corregirse.
Cuando un elemento visual haya sido utilizado de manera incorrecta o pueda inducir al lector a una conclusión equivocada, podrá ser sustituido o retirado.
8. Correcciones en redes sociales
Cuando un error relevante se haya difundido también mediante las plataformas sociales de NAICR, la redacción podrá corregir, eliminar, actualizar o publicar una aclaración en esas plataformas según la naturaleza y alcance de la equivocación.
La imposibilidad técnica de modificar una publicación en determinada plataforma no impedirá que NAICR adopte otra forma razonable de aclarar la información.
9. Retractaciones
En situaciones excepcionales, una corrección puede no ser suficiente.
NAICR podrá retractarse de una publicación cuando determine que su fundamento principal era incorrecto y que mantener el artículo con simples modificaciones podría continuar induciendo a error.
Una retractación deberá explicar, dentro de lo razonablemente posible:
- Que la información ha sido retractada.
- La razón principal.
- Qué elementos no pudieron sostenerse.
- Cuándo se adoptó la decisión.
La retractación es diferente de eliminar silenciosamente un contenido.
10. Eliminación de contenidos
Como principio general, NAICR no elimina una publicación únicamente porque una persona, empresa, institución u organización se encuentre incómoda con su contenido.
Las noticias forman parte del registro periodístico y, cuando fueron publicadas legítimamente y continúan siendo sustancialmente correctas, normalmente se conservarán.
Sin embargo, NAICR podrá evaluar solicitudes de eliminación, modificación o desindexación cuando existan circunstancias excepcionales, entre ellas:
- Errores graves comprobados.
- Órdenes judiciales aplicables.
- Riesgos desproporcionados para víctimas o personas vulnerables.
- Información cuya permanencia genere un daño extraordinario que ya no guarde relación razonable con su interés público.
- Identificaciones posteriormente comprobadas como incorrectas.
- Circunstancias especiales que justifiquen una revisión editorial.
Cada solicitud será analizada individualmente.
11. Derecho de respuesta
NAICR reconoce la importancia de permitir que personas u organizaciones mencionadas en informaciones relevantes puedan aportar su posición, particularmente cuando existan señalamientos que puedan afectar significativamente su reputación.
Una solicitud de respuesta será evaluada considerando:
- Su relación directa con la publicación.
- La existencia de información nueva.
- La relevancia de los argumentos aportados.
- La existencia de documentación que respalde la solicitud.
- El interés público del asunto.
El derecho de respuesta no implica automáticamente:
- La eliminación de una información correcta.
- La reproducción íntegra de un comunicado.
- La publicación textual de todo lo enviado por una persona o institución.
- El derecho a determinar el titular o enfoque de la publicación.
- La posibilidad de impedir la publicación de hechos verificados.
NAICR podrá incorporar la respuesta mediante una actualización, una ampliación, una nueva noticia o el formato editorial que resulte más apropiado.
12. Solicitudes de corrección
Cualquier lector, fuente, institución o persona mencionada en una publicación puede comunicar a NAICR un posible error.
Para facilitar su revisión recomendamos incluir:
- El enlace de la publicación.
- El dato que considera incorrecto.
- Una explicación del error.
- La información que considera correcta.
- Documentación o evidencia disponible que permita comprobarlo.
Las solicitudes pueden enviarse a:
La recepción de una solicitud no implica automáticamente que exista un error ni obliga al medio a realizar la modificación solicitada.
La redacción evaluará la evidencia disponible antes de tomar una decisión.
13. Revisión de las solicitudes
Cuando NAICR reciba un señalamiento sobre un posible error, podrá:
- Revisar la publicación original.
- Consultar las fuentes utilizadas.
- Examinar documentos o registros.
- Solicitar información adicional.
- Consultar nuevamente a las instituciones o personas involucradas.
- Determinar si corresponde corregir, actualizar, ampliar, mantener o retirar la información.
La decisión deberá sustentarse en criterios periodísticos y evidencia verificable.
14. Correcciones solicitadas por protagonistas de una noticia
Una persona no tiene derecho automático a modificar una publicación únicamente porque no está de acuerdo con la forma en que fueron presentados hechos correctamente documentados.
Las diferencias de opinión, interpretación o valoración no constituyen necesariamente errores factuales.
NAICR sí corregirá aquellos elementos cuya inexactitud pueda demostrarse.
Cuando exista una controversia legítima sobre la interpretación de determinados hechos, podrá incorporarse contexto adicional sin presentar necesariamente la modificación como una corrección.
15. Cambios posteriores en procesos judiciales o administrativos
Una noticia puede informar correctamente que una persona fue investigada, detenida, acusada o sometida a determinado procedimiento y posteriormente producirse una absolución, archivo, sobreseimiento, revocatoria u otra resolución.
El cambio posterior no significa necesariamente que la información inicial fuera incorrecta.
Cuando la evolución del caso sea suficientemente relevante, NAICR podrá actualizar la publicación original o publicar una nueva información que refleje el resultado posterior.
La redacción procurará evitar que contenidos antiguos presenten una imagen engañosa de la situación actual cuando existan cambios sustanciales debidamente comprobados.
16. Archivo periodístico
NAICR considera su archivo digital parte del registro histórico de los acontecimientos sobre los que ha informado.
Por este motivo, normalmente preferimos corregir, contextualizar o actualizar una publicación antes que eliminarla.
Las noticias antiguas podrán conservar su fecha original y, cuando corresponda, incluir notas posteriores que permitan comprender cambios relevantes ocurridos después de su publicación.
17. Transparencia
Una corrección responsable fortalece la credibilidad periodística.
NAICR no considera que reconocer un error sea incompatible con la calidad del medio. Por el contrario, corregir de manera clara cuando existen elementos suficientes para hacerlo forma parte de nuestra responsabilidad frente a la audiencia.
Las correcciones no deben utilizarse para alterar retrospectivamente el registro periodístico, ocultar errores relevantes o modificar una publicación únicamente debido a presiones externas.
18. Políticas relacionadas
Esta Política de Correcciones se complementa con:
- Política de Ética.
- Política de Verificación de Datos.
- Política de Manejo de Fuentes e Información.
- Política de Privacidad.
Estas políticas forman parte del marco de transparencia y responsabilidad editorial de NAICR.
Nuestro compromiso
NAICR procura publicar información correcta desde el primer momento.
Cuando cometemos un error relevante, nuestro compromiso es reconocerlo, verificar la información correcta y realizar las modificaciones necesarias de forma responsable y transparente.
La confianza de nuestra audiencia requiere no solamente acertar, sino también responder adecuadamente cuando una información necesita ser corregida.