Política de Ética

Política de Ética de NAICR

NAICR entiende el periodismo como una actividad de interés público que conlleva responsabilidades frente a la audiencia, las fuentes, las personas involucradas en las noticias y la sociedad.

Nuestra labor editorial se fundamenta en la búsqueda de información veraz, la independencia, el rigor, la transparencia, la responsabilidad y el respeto por las personas.

Esta Política de Ética establece los principios generales que orientan las decisiones editoriales de NAICR y aplica a los contenidos periodísticos publicados en nuestro sitio web, plataformas digitales y canales oficiales.

Los criterios aquí establecidos se complementan con la Política de Verificación de Datos, la Política de Manejo de Fuentes e Información, la Política de Correcciones y las demás normas editoriales adoptadas por NAICR.

Última actualización: 6 de agosto de 2026.

1. Compromiso con la verdad y la precisión

NAICR tiene como principio fundamental informar con exactitud.

Nuestros periodistas y responsables editoriales deben procurar que nombres, fechas, lugares, cifras, declaraciones, documentos y demás elementos relevantes de una información sean correctos antes de su publicación.

La velocidad propia de los medios digitales no justifica publicar como confirmado aquello que todavía no ha sido comprobado.

Cuando una información sea preliminar, parcial o se encuentre en desarrollo, esa condición deberá ser comunicada claramente a la audiencia.

NAICR reconoce que el conocimiento sobre un acontecimiento puede evolucionar. Por esa razón, una publicación podrá ser ampliada, actualizada o corregida conforme aparezca nueva información verificable.

Los procedimientos específicos utilizados para comprobar información se desarrollan en nuestra Política de Verificación de Datos.

2. Independencia editorial

Las decisiones periodísticas de NAICR deben responder al interés informativo y a criterios editoriales, no a presiones políticas, económicas, comerciales, institucionales o personales.

La cobertura favorable o crítica de una persona, institución, partido político, empresa, organización o autoridad no constituye por sí misma respaldo u oposición editorial hacia ese actor.

NAICR procura mantener independencia frente a:

  • Gobiernos y autoridades públicas.
  • Partidos políticos y figuras políticas.
  • Empresas y organizaciones privadas.
  • Anunciantes y patrocinadores.
  • Organizaciones sociales, sindicales o gremiales.
  • Fuentes periodísticas.
  • Grupos de interés.
  • Personas o entidades con las que el medio mantenga relaciones profesionales o comerciales.

Una relación comercial, publicitaria o institucional con NAICR no otorga derecho a determinar, aprobar, impedir o modificar su cobertura periodística.

3. Imparcialidad, equidad y pluralidad

NAICR procura abordar los asuntos de interés público de manera justa, contextualizada y sustentada en hechos.

La imparcialidad no significa conceder automáticamente el mismo peso a todas las afirmaciones.

Cuando los hechos verificables, documentos o evidencia disponible contradigan una versión, NAICR no está obligado a presentarla como equivalente a información comprobada.

En asuntos controvertidos, procuraremos incorporar las perspectivas necesarias para que la audiencia pueda comprender adecuadamente el tema, especialmente cuando existan posiciones relevantes enfrentadas.

El medio buscará evitar exclusiones injustificadas y procurará incorporar diversidad de fuentes cuando esta contribuya a una comprensión más completa de los acontecimientos.

4. Diferencia entre información, análisis y opinión

NAICR diferencia el periodismo informativo de los contenidos de análisis y opinión.

Las noticias deben procurar presentar los hechos de manera objetiva, contextualizada y sin incorporar las preferencias personales del periodista como si fueran información.

Los contenidos de análisis pueden interpretar acontecimientos, tendencias, datos o decisiones, pero sus conclusiones deben fundamentarse en hechos, documentos y fuentes verificables.

Los artículos de opinión expresan valoraciones, argumentos o posiciones y deben estar claramente identificados como tales.

Una opinión no autoriza la invención o manipulación de hechos.

NAICR podrá adoptar posiciones editoriales en espacios específicamente identificados como opinión, sin que ello modifique el deber de exactitud aplicable a las afirmaciones factuales utilizadas para sustentarlas.

5. Fuentes y atribución

La audiencia debe poder conocer, siempre que sea razonablemente posible, de dónde procede la información publicada.

NAICR procura utilizar fuentes identificables, originales y cercanas a los hechos, así como documentos, registros, bases de datos y otras fuentes verificables.

Una declaración oficial constituye la versión de quien la emite y no necesariamente una comprobación independiente de todos los hechos descritos.

Cuando corresponda, NAICR buscará información adicional, antecedentes, documentos u otras versiones que permitan contextualizar o verificar una afirmación.

La utilización y protección de fuentes, incluidas aquellas cuya identidad deba mantenerse confidencial, se regula específicamente en la Política de Manejo de Fuentes e Información.

6. Comunicados de prensa e información institucional

Los comunicados, boletines, declaraciones oficiales y demás materiales suministrados por instituciones constituyen fuentes de información, no productos periodísticos terminados.

NAICR puede utilizarlos como punto de partida para una noticia, pero la redacción mantiene la facultad de seleccionar, verificar, contextualizar, ampliar, contrastar o reorganizar la información según su relevancia periodística.

Cuando sea posible y aporte valor al lector, la redacción podrá revisar antecedentes, contrastar cifras, consultar documentos, buscar otras fuentes o explicar las implicaciones de la información comunicada.

La publicación de información procedente de una institución no implica que NAICR respalde las posiciones de esa entidad.

7. Derecho de respuesta

Cuando una publicación contenga acusaciones graves, señalamientos de irregularidades o afirmaciones que puedan afectar significativamente la reputación de una persona u organización identificable, NAICR procurará obtener su versión cuando resulte periodísticamente pertinente y materialmente posible.

El derecho de respuesta supone una oportunidad razonable de expresar una posición frente a los señalamientos.

No implica un derecho a revisar previamente el artículo, determinar su enfoque, eliminar información comprobada o impedir su publicación.

Si una respuesta relevante se recibe después de publicada una información, NAICR podrá incorporarla mediante una actualización.

8. Presunción de inocencia y cobertura judicial

Toda persona debe ser considerada inocente mientras no exista una sentencia firme que determine lo contrario.

NAICR procurará diferenciar claramente entre una persona:

  • Investigada.
  • Sospechosa.
  • Detenida.
  • Imputada.
  • Acusada.
  • Condenada.

La existencia de una investigación policial, denuncia, detención o acusación no equivale a una declaración de culpabilidad.

Cuando una información proceda de autoridades policiales, fiscales, judiciales o administrativas, la redacción deberá atribuir correctamente los señalamientos y evitar presentar hipótesis investigativas como hechos definitivamente demostrados.

Las fotografías, titulares y demás elementos de presentación tampoco deberán utilizarse de manera que atribuyan anticipadamente culpabilidad.

9. Respeto y dignidad de las personas

El interés informativo debe valorarse junto con el posible impacto que una publicación pueda tener sobre las personas involucradas.

NAICR procura tratar con dignidad a víctimas, familiares, testigos, fuentes, personas investigadas y demás protagonistas de sus coberturas.

El hecho de que determinada información sea accesible públicamente no significa necesariamente que exista una justificación periodística para reproducirla.

Antes de divulgar información privada o potencialmente perjudicial, la redacción podrá valorar:

  • Su relevancia para comprender la noticia.
  • El interés público de su divulgación.
  • La condición pública o privada de la persona.
  • Los posibles daños derivados de su publicación.
  • La existencia de alternativas menos invasivas.

La curiosidad pública por sí sola no equivale a interés público.

10. Menores de edad y personas vulnerables

NAICR aplica especial cautela al informar sobre personas menores de edad y otras personas que, por las circunstancias de una noticia, puedan encontrarse en una condición particular de vulnerabilidad.

La redacción evitará divulgar innecesariamente información que permita identificar a menores víctimas de delitos, violencia, abuso u otras situaciones sensibles.

También se tendrá especial consideración con víctimas de delitos sexuales, violencia doméstica, explotación y otras situaciones cuya exposición pueda provocar nuevos daños.

La publicación de nombres, fotografías, ubicaciones u otros datos identificativos deberá responder a una justificación periodística suficiente y respetar la legislación aplicable.

11. Sucesos, emergencias y tragedias

Las coberturas de homicidios, accidentes, desastres, emergencias y otros acontecimientos que involucren muerte, lesiones o sufrimiento requieren especial sensibilidad.

NAICR evitará utilizar imágenes, videos, descripciones o titulares cuyo único propósito sea provocar impacto, morbo o explotación emocional.

Las imágenes explícitas deberán utilizarse únicamente cuando exista una justificación informativa clara y su valor periodístico supere razonablemente el posible daño.

Cuando corresponda, podrán utilizarse advertencias para alertar a la audiencia sobre contenido sensible.

En situaciones en desarrollo, la información sobre número de víctimas, condición de pacientes, identidad de personas involucradas y circunstancias del hecho deberá atribuirse y actualizarse conforme las autoridades o fuentes competentes confirmen nuevos datos.

12. Información preliminar

NAICR debe distinguir claramente entre información confirmada e información preliminar.

En emergencias, sucesos, operativos policiales, fenómenos naturales y otros acontecimientos en desarrollo, podrán utilizarse fórmulas como “información preliminar”, “según el reporte inicial”, “hasta el momento” o expresiones equivalentes.

La redacción no deberá ocultar incertidumbres relevantes con el propósito de presentar una noticia como más concluyente de lo que realmente es.

Cuando un dato preliminar cambie posteriormente, el contenido deberá actualizarse cuando la modificación sea materialmente relevante.

13. Titulares, fotografías y presentación de las noticias

Los titulares deben representar razonablemente el contenido de la información.

NAICR puede utilizar títulos atractivos e informativamente fuertes, pero evitará titulares deliberadamente engañosos, exagerados o sensacionalistas.

Una afirmación presentada como interrogante no debe utilizarse para insinuar algo que la información disponible no permite sostener.

Las fotografías, miniaturas, videos, pies de foto y demás elementos visuales deben mantener una relación clara con el contenido que acompañan.

Cuando se utilice una imagen ilustrativa que no corresponda al acontecimiento específico, deberá evitarse cualquier presentación que pueda hacer creer al lector que se trata de un registro directo del hecho.

Las ilustraciones, recreaciones y contenidos visuales artificialmente generados o sustancialmente modificados deberán identificarse cuando exista riesgo de que puedan confundirse con una representación documental de hechos reales.

14. Manipulación y contexto del contenido audiovisual

NAICR no alterará fotografías, videos, audios o documentos de una manera que cambie engañosamente su significado periodístico.

Se permiten ajustes técnicos o editoriales que no modifiquen el contenido sustancial, como recortes, adaptación de formato, ajustes razonables de imagen o edición de duración.

Una edición no deberá eliminar deliberadamente elementos cuyo retiro cambie el significado esencial del material.

Los fragmentos de audio o video deberán conservar suficiente contexto para no atribuir a una persona un significado distinto al expresado originalmente.

15. Redes sociales

Las cuentas oficiales de NAICR son extensiones de su actividad editorial.

La publicación de información en redes sociales debe observar principios de precisión, atribución y responsabilidad comparables a los utilizados en el sitio web, teniendo en cuenta las características de cada plataforma.

Una publicación breve, alerta de última hora, historia, video corto o contenido similar no debe utilizar la limitación de espacio como justificación para presentar información incierta como confirmada.

Cuando una publicación del sitio web sea corregida de manera sustancial, NAICR podrá también corregir, actualizar o aclarar publicaciones relacionadas en sus plataformas cuando resulte necesario.

16. Contenido producido por terceros y propiedad intelectual

NAICR respeta la autoría y el trabajo periodístico de terceros.

La información obtenida inicialmente a través de otro medio deberá ser atribuida cuando ese medio haya realizado un trabajo original relevante.

Siempre que sea posible, la redacción procurará localizar posteriormente la fuente primaria de esa información.

NAICR no presentará como propio material periodístico, fotografías, investigaciones, textos u otros contenidos producidos por terceros.

Las citas deberán respetar su sentido original y utilizarse en una extensión razonable de acuerdo con su finalidad informativa y la normativa aplicable.

17. Conflictos de interés

Los responsables de contenidos de NAICR deben evitar situaciones que puedan comprometer razonablemente su independencia editorial o generar dudas justificadas sobre ella.

Cuando exista un conflicto de interés relevante que no pueda evitarse, deberá valorarse su divulgación o la reasignación de la cobertura.

Las relaciones personales, profesionales, económicas o institucionales no deben determinar el resultado de una cobertura periodística.

Una persona vinculada directamente con el objeto de una información deberá evitar intervenir de manera que comprometa su independencia cuando el conflicto sea material.

18. Regalos, beneficios y favores

NAICR procura que sus decisiones editoriales no estén condicionadas por regalos, beneficios, favores, invitaciones o tratamientos especiales.

La aceptación de facilidades razonablemente necesarias para realizar una cobertura no debe otorgar a quien las proporciona ningún derecho de influencia editorial.

Cuando una cobertura implique condiciones excepcionales que puedan resultar relevantes para la audiencia, la redacción podrá informar sobre ellas de manera transparente.

19. Publicidad y contenido comercial

NAICR diferencia claramente el contenido periodístico del contenido publicitario.

Los anunciantes no controlan las decisiones editoriales del medio.

El contenido patrocinado, publirreportajes, espacios comerciales u otras modalidades de publicidad que puedan confundirse con una publicación periodística deberán identificarse de forma suficientemente clara.

La contratación de publicidad no garantiza cobertura favorable.

Asimismo, la decisión de no contratar publicidad no deberá utilizarse como motivo de represalia editorial.

20. Cobertura política y electoral

La cobertura política debe mantener independencia respecto de partidos, candidaturas, gobiernos, autoridades y grupos de interés.

NAICR podrá informar sobre declaraciones, propuestas, decisiones, cuestionamientos, investigaciones, controversias y actuaciones de cualquier actor político de acuerdo con su relevancia periodística.

La equidad no exige otorgar idéntico espacio a cada partido o posición en cada noticia. La cobertura puede variar según la importancia del acontecimiento, la actualidad, el interés público y el valor informativo.

Las afirmaciones verificables de carácter factual realizadas por actores políticos pueden ser contrastadas y contextualizadas.

El periodismo de NAICR no tiene la obligación de permanecer neutral frente a hechos comprobables, falsedades demostrables, violaciones de derechos o acontecimientos de evidente interés público; sí mantiene la obligación de informar con rigor, independencia y justicia.

21. Encuestas, estadísticas y estudios

Cuando una noticia dependa de encuestas, estadísticas, estudios científicos o investigaciones, NAICR procurará identificar claramente su origen y presentar el contexto necesario para interpretarlos.

Cuando sea relevante, se podrán indicar aspectos como:

  • Institución responsable.
  • Periodo analizado.
  • Tamaño de la muestra.
  • Metodología.
  • Margen de error.
  • Limitaciones reconocidas.
  • Diferencia entre correlación y causalidad.

Una cifra aislada no deberá utilizarse deliberadamente de forma que produzca una interpretación contraria al conjunto de los datos disponibles.

22. Correcciones y actualización de contenidos

NAICR reconoce que puede cometer errores.

Cuando se compruebe un error factual relevante, el medio deberá corregirlo de manera transparente y conforme a la naturaleza de la equivocación.

No se eliminará silenciosamente una información materialmente incorrecta para ocultar el error.

Las modificaciones menores de ortografía, estilo, puntuación o formato que no alteren el significado pueden realizarse sin una nota de corrección.

Los procedimientos correspondientes están establecidos en la Política de Correcciones de NAICR.

23. Eliminación de información publicada

La publicación legítima de una información no implica que deba eliminarse posteriormente únicamente porque resulte incómoda para una persona o institución.

Las solicitudes de eliminación, desindexación o modificación deberán evaluarse caso por caso.

NAICR podrá considerar, entre otros elementos:

  • Si la información continúa siendo correcta.
  • Su relevancia pública actual.
  • La existencia de una resolución judicial o administrativa aplicable.
  • Cambios sustanciales posteriores.
  • Riesgos desproporcionados para personas vulnerables.
  • Errores comprobados.
  • Circunstancias excepcionales que justifiquen una reconsideración editorial.

Cuando una actualización permita solucionar adecuadamente el problema sin eliminar el registro histórico de una información legítima, esta opción podrá ser preferida.

24. Transparencia frente a la audiencia

NAICR procura explicar sus prácticas editoriales mediante políticas públicas accesibles.

Cuando una decisión editorial excepcional pueda afectar significativamente la manera en que el público interpreta una información, el medio podrá explicar las circunstancias relevantes.

Los lectores tienen derecho a cuestionar nuestro trabajo, señalar errores y solicitar aclaraciones.

La transparencia no significa revelar información que comprometa legítimamente la seguridad o confidencialidad de una fuente.

25. Responsabilidad editorial

Toda información publicada bajo la marca NAICR está sujeta a responsabilidad editorial.

El periodista, redactor o colaborador que prepare un contenido debe actuar de acuerdo con estas normas, mientras que los responsables editoriales deberán procurar su cumplimiento antes y después de la publicación.

La utilización de herramientas técnicas o plataformas digitales como parte del trabajo cotidiano del medio no modifica la responsabilidad editorial de NAICR sobre los contenidos que publica.

Toda afirmación factual relevante debe estar sustentada en fuentes, documentos, declaraciones, registros u otros elementos verificables, conforme a las políticas editoriales del medio.

26. Errores de las fuentes

El hecho de que una información incorrecta haya sido proporcionada por una fuente oficial no libera a NAICR de su responsabilidad de actualizar o corregir una publicación una vez comprobado el error.

Cuando resulte relevante para comprender lo ocurrido, la corrección podrá explicar que el dato original procedía de determinada fuente y que posteriormente fue modificado, rectificado o actualizado.

27. Interés público

Muchas decisiones periodísticas requieren valorar el interés público.

Para NAICR, pueden existir razones de interés público cuando una información contribuye, entre otros fines, a:

  • Fiscalizar el ejercicio del poder público.
  • Informar sobre el uso de recursos públicos.
  • Advertir sobre riesgos para la población.
  • Revelar posibles irregularidades.
  • Explicar decisiones que afectan a la sociedad.
  • Facilitar la participación ciudadana.
  • Documentar acontecimientos de relevancia histórica o social.
  • Permitir que las personas tomen decisiones informadas.

El interés público debe diferenciarse del simple interés, curiosidad o popularidad de un tema.

28. Libertad editorial y responsabilidad

NAICR defiende la libertad de expresión y de prensa como elementos esenciales para una sociedad democrática.

Esa libertad conlleva la responsabilidad de verificar, contextualizar, atribuir adecuadamente y corregir cuando sea necesario.

La posibilidad de publicar una información no significa automáticamente que hacerlo sea la decisión periodística correcta.

Cada decisión deberá considerar la relevancia pública de la información, la evidencia disponible, los derechos de las personas involucradas y las posibles consecuencias de su difusión.

29. Aplicación de esta política

Esta Política de Ética establece principios generales y no pretende anticipar cada situación que pueda surgir durante la actividad periodística.

Cuando un caso no esté expresamente contemplado, las decisiones editoriales deberán adoptarse procurando respetar el espíritu de estos principios: verdad, precisión, independencia, equidad, responsabilidad, transparencia, interés público y respeto por las personas.

NAICR podrá actualizar esta política cuando cambien sus procesos editoriales, las tecnologías, las prácticas periodísticas o las circunstancias que hagan necesaria su revisión.

Las modificaciones sustanciales deberán reflejarse mediante la actualización de la fecha de este documento.

30. Políticas relacionadas

Esta Política de Ética debe interpretarse conjuntamente con:

Cada documento desarrolla procedimientos específicos que complementan los principios generales establecidos aquí.

31. Contacto

NAICR recibe observaciones, solicitudes de aclaración, señalamientos de posibles errores y consultas relacionadas con sus prácticas editoriales.

Puede comunicarse con nuestra redacción mediante:

Correo electrónico: redaccion@naicr.digital

Para facilitar la revisión de un caso relacionado con una publicación, se recomienda incluir el enlace del contenido correspondiente, explicar claramente el motivo de la consulta y aportar, cuando exista, documentación que permita verificar el señalamiento.

Nuestro compromiso

NAICR reconoce que la credibilidad de un medio de comunicación no depende únicamente de publicar información, sino de la forma en que la obtiene, verifica, presenta, corrige y explica.

Nuestro compromiso es ejercer un periodismo independiente, riguroso, responsable y transparente; distinguir los hechos de las opiniones; reconocer aquello que todavía no puede confirmarse; tratar con respeto a las personas involucradas en nuestras coberturas; y corregir de forma responsable cuando cometamos un error.

Estos principios orientan nuestro trabajo y constituyen el compromiso editorial de NAICR con su audiencia.